Paso 5 Revise su disponible para asumir deudas y el reporte en centrales de riesgoLos compromisos mensuales para pagar sus deudas como la cuota de un carro, tarjeta de crédito o préstamos para libre inversión, disminuyen los recursos para el pago de la cuota del crédito hipotecario. En Colombia el porcentaje máximo del ingreso que puede dedicar al pago de una vivienda es del 30% y en general, un porcentaje máximo recomendado para el pago de deudas es de un 60%. Revise el porcentaje del ingreso que está destinando al pago de deudas, si es superior al 20% establezca un plan para bajarlo un poco antes de comprar, así tendrá más disponibilidad para el crédito de vivienda, utilice la siguiente calculadora: |
La experiencia crediticia y las centrales de riesgoTener créditos y el buen o mal manejo que haya dado a estos hacen parte de su experiencia crediticia Para pedir un crédito hipotecario y en general para su vida, es importante tener buenos reportes ante las centrales de riesgo. Si ha tenido problemas de pago en el pasado, existen maneras de solucionarlos. La Ley Habeas Data establece que podemos conocer, actualizar y rectificar nuestra información personal comercial, crediticia, financiera y de servicios, que se encuentra en las centrales de información. La Ley prevé que la información de carácter positivo permanecerá de manera indefinida. Si tiene reportes negativos que registren una mora inferior a dos años, la información permanecerá el doble del tiempo de la mora, contado a partir del pago de la obligación. Si la mora es igual o superior a dos años, la información permanecerá por cuatro años, contados a partir de la fecha de pago de la obligación. Una vez se cumplan estos tiempos su reporte tendrá un status positivo.
ConsultasSi tiene dudas sobre su reporte puede consultarlo así:
Reclamaciones o solicitudesSi encuentra errores en la consulta o si logra pagar una deuda y quiere que se corrija el reporte, entregue en las oficinas de la central correspondiente una carta con la solicitud y anexe los paz y salvos, el tiempo máximo para atender el reclamo es de 15 días hábiles, período que se puede prorrogar hasta por ocho días hábiles adicionales. |






