Desembolso 

 

En qué consiste

Las copias de las escrituras y el certificado de  tradición y libertad expedidos por la Oficina de Instrumentos Públicos se  llevan al banco o al abogado que elaboró el estudio de títulos junto con el  acta de recibo del inmueble.
 
Los documentos son revisados por el abogado, quien  emite el concepto favorable una vez haya verificado la ausencia de  inconsistencias. En caso de encontrarse inconsistencias, se debe hacer la  corrección respectiva y se ingresará a la Oficina de Registro nuevamente, que  tomará los tiempos establecidos como si se tratara de la primera vez.

Para efectuar el desembolso todos los solicitantes  deben firmar el pagaré  en blanco con una carta de instrucciones que define como diligenciarlo. También  deben firmar las declaraciones de asegurabilidad por los riesgos de vida,  incendio y terremoto o entregar las pólizas  correspondientes si utiliza una compañía diferente a la sugerida por el banco. Conozca un modelo de pagaré.

En un tiempo aproximado de dos días hábiles, el banco procede a realizar el desembolso para pagar al vendedor ya sea mediante la  expedición de un cheque, subrogando  la deuda o abonando el dinero en una cuenta de ahorros o corriente del  vendedor.

El banco se quedará con la primera copia de la  escritura, como garantía del crédito desembolsado.

Cuando se compra una vivienda a un constructor, todos  los trámites o la mayoría de ellos, son realizados por el vendedor a fin de dar  agilidad y de facilitar el trámite para el comprador. Permanezca en frecuente contacto con la constructora para recibir instrucciones.

 

Recomendación

Si la vivienda es nueva, luego del desembolso le  recomendamos estar pendiente de que el constructor adelante los trámites de  levantamiento de la hipoteca  en mayor extensión (la correspondiente al crédito que solicitó la  entidad para construir), así, cuando desee vender su inmueble no tendrá  ningún inconveniente para hacerlo.

 

¡Importante!

Si compra una vivienda que se encuentra hipotecada a  un banco, no omita hacer el trámite respectivo de subrogación, pues la  omisión de este proceso le puede generar inconvenientes, por ejemplo: No habrá cubrimiento de  seguros de vida, incendio y terremoto.

  • No podrá solicitar ninguna  certificación con fines comerciales o tributarios, toda vez que quien figura  ante el banco como deudor es la persona que le vendió. 
  • No podrá solicitar cambios  sobre el crédito como sistema de amortización, aumento o disminución de plazo o  una posible reestructuración.

 

Qué documentos requiere

     
  • Copias de las escrituras y el  certificado de tradición y libertad expedidos por la Oficina de Instrumentos  Públicos. 
  • Acta de recibo del inmueble.
       

¡FELICITACIONES! Ha culminado el  aprendizaje para obtener un crédito hipotecario.

    Continúe aprendiendo cómo  ser un propietario de vivienda